jueves, 7 de junio de 2018

Nueva sanción a Atresmedia y Mediaset por la emisión de publicidad de bebidas alcohólicas en horario protegido

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha vuelto a sancionar a Atresmedia y a Mediaset, al considerarles responsables de haber emitido comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas en una franja horaria protegida.

En este sentido, la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) indica que está prohibida “la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas con un nivel inferior a veinte grados cuando se emita fuera de la franja de tiempo entre las 20,30 horas y las 6 horas del día siguiente, salvo que esta publicidad forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir”. En concreto, la sanción se produce por la vulneración del artículo 18.3.d) de la LGCA.

La multa impuesta es de 145.147 euros para Atresmedia y de 118.728 euros para Mediaset, si bien la CNMC recuerda que contra esta resolución Atresmedia y Mediaset podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Estas comunicaciones comerciales sancionadas tuvieron lugar en los canales de televisión Antena 3 y Neox, de Atresmedia y Telecinco, de Mediaset, durante los meses de noviembre y diciembre de 2017.

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